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Certificación de No Responsable de IVA

Versión 1.0 · Estatuto Tributario Art. 437 · DIAN · República de Colombia · Actualizado: 15/08/2026

1. Marco Legal

La presente certificación se enmarca en el Estatuto Tributario colombiano, específicamente en los artículos 437 y siguientes, modificados por la Ley 2010 de 2019 y el Decreto 2615 de 2023, que regulan las condiciones para ser clasificado como No Responsable del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

2. Requisitos para ser No Responsable de IVA

Conforme a la normativa vigente, una persona natural puede ser No Responsable de IVA si cumple todas las siguientes condiciones en el año gravable anterior:

3. Declaración del Vendedor

Al marcar esta casilla en el proceso de registro, el vendedor declara bajo la gravedad del juramento que:

4. Consecuencias del Incumplimiento

Si el vendedor excede los límites establecidos o cambia su condición tributaria, deberá:

El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones por parte de la DIAN y la suspensión de la cuenta en la plataforma.

5. Vigencia

Esta declaración tiene vigencia por el año gravable en curso y debe renovarse implícitamente con cada año de uso de la plataforma.